Nueva Ley del Aborto, una propuesta insuficiente

Han pasado ya 23 años desde que se despenalizó de forma parcial la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) en el Estado español.

Desde entonces, a consecuencia de las enormes carencias de la ley, las mujeres que querían abortar se han tenido que enfrentar a multitud de dificultades que convertían lo que debería ser el libre ejercicio de un derecho en una auténtica odisea.

Por fin, tras haber prometido en sus distintas legislaturas desde 1985 diversas reformas de la ley que nunca cumplieron, el PSOE ha anunciado que entre finales de 2009 y principios de 2010 entrará en vigor una nueva Ley del Aborto. Para su elaboración, un “Comité de Expertos”, formado por juristas, ginecólogas, especialistas en salud femenina y representantes de los ministerios de Presidencia, Igualdad, Sanidad y Justicia, será el encargado de asesorar al Gobierno. Desde los años setenta, las feministas han sido las que más han luchado para cambiar la regulación vigente, convirtiéndose en uno de los sectores que más conoce los problemas reales a los que se enfrentan las mujeres que quieren abortar. Sin embargo, el movimiento feminista ha quedado totalmente excluido de este comité.

Un informe presentado el año pasado por la Coordinadora Estatal de Organizaciones Feministas (CEOF) que analiza la situación del aborto en el Estado español, expone los principales problemas que se encuentran las mujeres que deciden abortar. Según los datos, el 97,1 % de las IVE se realizan en centros privados y solo un 2,9% en la red pública. La Ley del Aborto actual, aprobada en 1985, sólo permite la IVE bajo tres supuestos: en caso de riesgo para la salud de las madres, en casos de violación o cuando el feto presenta malformaciones. Fuera de estos supuestos, el aborto está penalizado, dejando a los profesionales sanitarios y las mujeres que abortan en una situación de inseguridad jurídica y de dependencia, en última instancia, del criterio de un juez. Esto hace que en los pocos centros públicos en los que se presta el servicio, se valore de forma muy minuciosa el supuesto por el que la mujer decide abortar antes de aceptarla. En muchos casos, el personal sanitario opta directamente por acogerse a la objeción de conciencia para evitar problemas, aunque personalmente no tenga inconvenientes.

Aunque la nueva ley abre una oportunidad para mejorar esta situación, el hecho de que se haya excluido a las feministas de su elaboración, así como ciertas declaraciones de la Ministra de Igualdad, Bibiana Aído, ofrecen un adelanto de las limitaciones que posiblemente la caracterizarán. El modelo a seguir en la nueva ley consistirá en una combinación de la normativa de plazos con la de supuestos. Durante un primer plazo de 21 semanas, el aborto quedaría despenalizado y se podría realizar sin más explicaciones que la propia voluntad de hacerlo. Sin embargo, pasado este plazo, para poder interrumpir el embarazo se tendrían que cumplir ciertos supuestos y, en caso contrario, el aborto seguiría estando tipificado como delito, perteneciendo su regulación al Código Penal. De esta forma, se ignoraría una de las principales reivindicaciones del movimiento feminista: que el aborto salga definitivamente del Código Penal, salvo en el caso de que se realice en malas condiciones o contra la voluntad de las mujeres.

Por otro lado, la nueva ley seguirá permitiendo la objeción de conciencia de los facultativos, cláusula que en la actualidad contribuye a que en la mayoría de centros públicos no se realicen abortos. La decisión de interrumpir el embarazo debería concernir exclusivamente a las mujeres, las únicas dueñas de nuestro cuerpo, y el Estado está en la obligación de garantizar la posibilidad de interrumpir el embarazo en toda la red sanitaria, de forma totalmente libre y gratuita.

Ana Villaverde